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Código Procesal Civil Artículo 357 Estado de Guerrero


Código Procesal Civil Guerrero
Artículo 357. Fundamentación y motivación

Toda sentencia debe ser fundada. Las controversias judiciales deberán resolverse conforme a la letra de la Ley o a su interpretación jurídica y, a falta de Ley, conforme a los principios generales del derecho. Cuando haya conflicto de derechos, a falta de Ley expresa que sea aplicable, la controversia se decidirá a favor del que trate de evitarse perjuicios y no a favor del que pretenda obtener lucro, procurándose observar la mayor igualdad entre las partes. El silencio, obscuridad o insuficiencia de la Ley, no autoriza a los juzgadores para dejar de resolver las cuestiones que hayan sido discutidas en el pleito.

El juzgador tendrá libertad para determinar cual es la ley aplicable y para fijar el razonamiento o proceso lógico de su determinación sin quedar sobre estos puntos vinculados a lo alegado por las partes.



Estado de Guerrero Artículo 357 Código Procesal Civil
Artículo 1 ...355 356 357 358 359 ...784
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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