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Código Procesal Civil Artículo 657 Estado de Morelos


Código Procesal Civil Morelos
Artículo 657. Determinación de mejor posesión

Para determinar la mejor posesión, deberán observarse por el Juez las siguientes reglas:

I.- Cuando ambos poseedores tienen justo título prevalecerá la posesión que esté amparada por uno mejor;

II.- Si ambos poseedores tienen títulos iguales, prevalecerá la posesión más antigua;

III.- Tratándose de inmuebles, se considerará mejor posesión la que esté registrada, y si ambas lo están prevalecerá la amparada por un registro de fecha anterior; y,

IV.- En caso de que ambas posesiones fueren dudosas, haya buena o mala fe, la cosa se pondrá en depósito mientras se decide cuál de las dos es mejor.



Estado de Morelos Artículo 657 Código Procesal Civil
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