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Código Procesal Civil Artículo 1053 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código Procesal Civil
Artículo 1053. Competencia por conexidad en las tercerías llevadas ante juzgados menores

El tercerista que considere perjudicados sus derechos al ejecutarse la sentencia, ocurrirá al Juez menor, presentando pruebas, y el Juzgador, con audiencia inmediata de las partes resolverá si subsiste el secuestro o el acto de ejecución practicado, y si es de su competencia por razón de la cuantía, decidirá sobre los hechos controvertidos. Cuando el interés de la tercería exceda del que la Ley someta a la jurisdicción de los juzgados menores, será aplicable lo que a este respecto dispone el artículo 1034, de este Código.



Estado de Morelos Artículo 1053 Código Procesal Civil
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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