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Código Procesal Penal Acusatorio Artículo 419 Estado de Tabasco


Código Procesal Penal Acusatorio
Artículo 419. Acusación y vinculación a proceso

La acusación de particulares por delito de acción privada será presentada, directamente ante el Juez de Control.

En el plazo de cinco días, el Tribunal citará al imputado a la audiencia de vinculación para que, previa imputación formal de los hechos, manifieste lo que considere conveniente en su defensa, ofrezca los medios de prueba conforme a las reglas comunes y oponga las excepciones y recusaciones que estime conveniente.

Cuando el acusador privado haya ejercido la acción para la reparación del daño, el Tribunal la adjuntará, con la acusación y en esa misma oportunidad se hará del conocimiento del imputado.

La audiencia de vinculación se realizará conforme al procedimiento previsto en la sección 9 del Título Octavo del presente Código



Estado de Tabasco Artículo 419 Código Procesal Penal Acusatorio
Artículo 1 ...417 418 419 420 421 ...471
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol



No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,



Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias



en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



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