Código Procesal Penal Artículo 307 Estado de Hidalgo
Código Procesal Penal Hidalgo
Artículo 307. Consideraciones para el cierre de la investigación
La investigación se considerará cerrada una vez vencido el plazo fijado por el Juez para tal efecto, salvo que el Ministerio Público haya solicitado al Juez una prorroga, la cual no podrá exceder de los límites máximos previstos en el Artículo 256 (plazo judicial para el cierre de la investigación). El Ministerio Público podrá cerrar la investigación antes de que se venza dicho plazo debiendo informar de ello al Juez; en este caso, el Juez dará vista al imputado, para que manifieste si se opone al cierre anticipado de la misma. Si el imputado no se opone al Cierre anticipado de la investigación u omite manifestarse al respecto en el plazo fijado por el Juez, éste decretará el cierre de la investigación.
Estado de Hidalgo Artículo 307 Código Procesal Penal
Mejores juristas
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios