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Código Procesal Penal Artículo 308 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código Procesal Penal
Artículo 308. Cierre de la investigación

Una vez cerrada la investigación conforme al Artículo anterior, el Ministerio Público, dentro de los diez días siguientes podrá:

I.- Solicitar el sobreseimiento de la causa;

II.- Solicitar la suspensión del proceso;

III.- Solicitar la aprobación de acuerdos para la reparación; y

IV.- Formular la acusación.

Si al vencimiento del plazo el Ministerio Público no procede en los términos antes señalados, el Juez informará al Procurador General Justicia del Estado, para que en el plazo de diez días proceda a realizar alguno de los actos mencionados en las fracciones anteriores. Transcurrido ese plazo sin que el Ministerio Público se pronuncie, el Juez declarará extinguida la acción penal y decretará el sobreseimiento, sin perjuicio de la responsabilidad personal de los representantes del Ministerio Público.



Estado de Hidalgo Artículo 308 Código Procesal Penal
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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