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Código Urbano Artículo 390 Estado de Zacatecas


Código Urbano
Artículo 390.

El Programa Estatal de Vivienda deberá contener:

I.Un nivel de antecedentes con el diagnóstico de los problemas habitacionales que inciden en el Estado y su pronóstico a tres, seis y diez años;

II.Objetivos generales y particulares, base para el desarrollo de la estrategia habitacional;

III.Metas compatibles con los medios y recursos disponibles para lograrlas, de acuerdo a las líneas de acción planteadas;

IV.La estrategia general para alcanzar las metas y las pautas para la programación anual;

V.Vinculación del Programa con el presupuesto estatal;

VI.La congruencia con los programas de desarrollo económico, social y urbano;

VII.Los mecanismos de coordinación con la Federación y municipios;

VIII.Los lineamientos de concertación con los sectores social y privado;

IX.La ejecución, en su caso, de proyectos estratégicos; y

X.Los demás que señale el Plan Estatal de Desarrollo.



Estado de Zacatecas Artículo 390 Código Urbano
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol



No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,



Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias



en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



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