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Código Urbano Artículo 1 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Urbano Zacatecas
Artículo 1.

Las disposiciones de este Código se aplicarán en el Estado de Zacatecas, son de orden público e interés social, y tienen por objeto:

I.Establecer la concurrencia del Estado y de los Municipios para la ordenación y regulación del desarrollo urbano, los asentamientos humanos y la vivienda en el territorio estatal, respetando la competencia que en estas materias le corresponda a la Federación;

II.Ordenar y regular la planeación de la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población del Estado;

III.Definir los principios conforme a los cuales el Estado y los Municipios ejercerán sus atribuciones para determinar las provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios;

IV.Fijar las normas conforme a las cuales se sujetarán la autorización y ejecución de fraccionamientos, lotificaciones, desmembraciones, lotificaciones, subdivisiones y fusiones de terrenos en la Entidad;

V.Regular la constitución, modificación y extinción del régimen de propiedad en condominio, así como la administración de los bienes inmuebles sujetos al mismo;

VI.Fomentar los sistemas de financiamiento del desarrollo urbano;

VII.Normar los instrumentos y apoyos para que la población del Estado pueda disfrutar de vivienda digna y decorosa;

VIII.Establecer las normas generales para la construcción, ampliación, remodelación y reconstrucción de inmuebles y obras de equipamiento e infraestructura urbana;

IX.Regular el Sistema Estatal de Suelo y Reservas Territoriales para el Desarrollo Urbano y la Vivienda;

X.Establecer las normas generales a las que se sujetará la regularización de la tenencia de la tierra urbana;

XI.Normar la preservación del patrimonio cultural del Estado;

XII.Establecer las normas generales para la instalación de anuncios y la protección de la imagen urbana;

XIII.Determinar las atribuciones de las autoridades competentes en la aplicación de este Código;

XIV.Precisar los mecanismos de coordinación y concertación de los sectores público, social y privado en materia de desarrollo urbano y vivienda; y

XV.Fijar las medidas de seguridad, infracciones y sanciones, así como los recursos y procedimientos administrativos que permitan la aplicación de este Código.



Estado de Zacatecas Artículo 1 Código Urbano
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