< Constitución

Constitución Artículo 106 Estado de Tlaxcala


Constitución Tlaxcala
Artículo 106.

Para ser titular del Órgano de Fiscalización Superior se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano y habitante del Estado con una residencia mínima de cinco años y encontrarse en pleno goce de sus derechos;

II. Tener cuando menos treinta años cumplidos el día de su designación;

III. Poseer título y cédula profesional en algún área de las ciencias económico administrativas y tener experiencia de cinco años en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades;

IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de falsificación o delitos patrimoniales u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquier que haya sido la pena;

V. No haber sido Gobernador del Estado, Secretario, Procurador General de Justicia, oficial mayor, director o gerente de entidad paraestatal, contralor, senador, diputado federal o local, presidente municipal, tesorero o síndico municipal, durante los dos años anteriores al día de la designación, y

VI. Las demás que señale la ley de la materia.

VII. SE DEROGA.



Estado de Tlaxcala Artículo 106 Constitución
Artículo 1 ...104 105 106 107 108 ...121
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago


No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse