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Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación Artículo 66 Federal de México


Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación Federal
Artículo 66. Cambios de adscripción

Tratándose de cambios de adscripción de Magistradas o Magistrados, Magistradas o Magistrados Colegiados de ApelaciónyJuezas oJueces de Distritose considerarán los siguientes elementos:

I.Los cursos de enseñanza y capacitación que se hayan realizado en la Escuela;

II.La antigüedad en el Poder Judicial de la Federación;

III.El grado académico que comprende el nivel de estudios con que cuente laservidorao el servidor público,así como los diversos cursos de actualización y especialización acreditados de manera fehaciente;

IV.Los resultados de las visitas de inspección, y

V.La disciplina y el desempeño jurisdiccional, medido a partir de los parámetros determinados por el Consejo.

El valor de cada elemento se determinará en el acuerdo general respectivo y deberá constar en las resoluciones del Consejo en que se acuerde un cambio de adscripción. Para ello, el Consejo deberá otorgar mayor relevancia al desempeño jurisdiccional.

CAPÍTULO TERCERO

RATIFICACIONES



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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago


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