Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar Artículo 20 Federal de México
Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar Federal
Artículo 20.
El Comisario evaluará el desempeño general y por funciones del Comité Nacional, realizará estudios sobre la eficiencia con la que se ejerzan las erogaciones de los gastos corriente y de inversión, así como lo referente a los ingresos y en general solicitará toda la información para efectuar los actos que requiera el adecuado cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de las tareas que la Secretaría de la Función Pública le asigne de conformidad con la ley. Para el adecuado cumplimiento de sus funciones, la Junta Directiva y el Director General, deberán proporcionar la información que solicite el Comisario.
Federal de México Artículo 20 Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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