Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros Artículo 25 Federal de México
Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros Federal
Artículo 25.
A los Vicepresidentes, Contralor Interno y Directores Generales les será aplicable lo establecido en las fracciones I, III, IV y V del artículo anterior.
Federal de México Artículo 25 Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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