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Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano Artículo 15 Federal de México


Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano Federal
Artículo 15.

La Junta de Gobierno es la autoridad suprema del Sistema y tendrá las siguientes atribuciones indelegables:

I.Establecer las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Sistema, relativas al cumplimiento de su objeto, así como en materia de finanzas, investigación, desarrollo tecnológico y administración general;

II.Aprobar, a propuesta del Presidente, el programa anual de actividades en el que se prevean propuestas y cumplimiento de metas específicas para el mejoramiento en la prestación del servicio de radiodifusión, en coordinación con los medios públicos de radiodifusión, mediante principios básicos en materia de producción y programación;

III.Fomentar entre los medios públicos de radiodifusión el cabal cumplimiento de las normas que regulan su actividad, así como de los actos y resoluciones que emitan las autoridades administrativas competentes;

IV.Valorar y, en su caso, remitir a la Secretaría y a la Secretaría de Gobernación las propuestas de modificaciones legales y reglamentarias en materia de regulación de medios públicos de radiodifusión, considerando el proyecto que presente el Presidente;

V.Aprobar los programas y anteproyectos de presupuestos anuales de ingresos y egresos del Sistema, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable, tomando en consideración las propuestas que le presente el Presidente;

VI.Aprobar su reglamento de sesiones, considerando la propuesta que formule el Presidente;

VII.Remitir los anteproyectos de presupuestos a la Dependencia competente para su integración en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal;

VIII.Conocer y aprobar los informes sobre el ejercicio del presupuesto autorizado que le presente el Presidente;

IX.Examinar y, en su caso, aprobar el informe anual de actividades del Sistema así como los demás informes generales o especiales que la Junta de Gobierno le requiera, en el marco de las obligaciones que esta Ley impone al Presidente;

X.Aprobar la estructura básica de la organización del Sistema y las modificaciones que procedan a la misma, así como aprobar el Estatuto Orgánico, considerando la propuesta del Presidente;

XI.Aprobar las políticas para implementar los indicadores y evaluaciones de desempeño de los empleados del Sistema, atendiendo a la propuesta que presente el Presidente;

XII.Nombrar y remover, a propuesta de su Presidente, al Secretario de la Junta de Gobierno y al Prosecretario, quien suplirá en sus ausencias al Secretario;

XIII.Nombrar y remover a propuesta del Presidente, a los servidores públicos del Sistema que ocupen cargos dentro de las dos jerarquías administrativas inferiores a la de aquél, en los términos que señale el Estatuto Orgánico;

XIV.Establecer los supuestos en que podrá sustituirse o limitarse la representación legal conferida al Presidente, así como los casos en que será necesaria su previa y especial aprobación para la realización de actos de dominio, de administración o de pleitos y cobranzas;

XV.Establecer, con sujeción a las disposiciones legales relativas, las normas y bases para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que el Sistema requiera para el cumplimiento de sus fines;

XVI.Aprobar anualmente previo informe del funcionario competente de la Secretaría de la Función Pública y dictamen de los auditores externos, los estados financieros del Sistema y autorizar la publicación de los mismos;

XVII.Expedir las normas o bases generales con arreglo a las cuales, cuando fuere necesario, el Presidente pueda disponer de los activos fijos del Sistema que no correspondan a las operaciones propias del objeto de la misma;

XVIII.Constituir comités con fines específicos con base en la disponibilidad presupuestaria;

XIX.Autorizar la obtención de préstamos para el financiamiento del Sistema, en los términos de las disposiciones aplicables en materia de deuda pública, así como observar los lineamientos que dicten las autoridades competentes en materia de manejo de disponibilidades financieras;

XX.Aprobar anualmente, a propuesta del Presidente, el informe de actividades del Sistema a fin de que éste lo presente a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión;

XXI.Considerar y resolver sobre las propuestas, proyectos y recomendaciones que le presenta el Consejo Ciudadano;

XXII.Resolver sobre otros asuntos que el Presidente de la Junta de Gobierno, cualquiera de sus miembros o el Presidente someta a su consideración, y

XXIII.Las demás atribuciones que le confieran esta Ley, su Estatuto Orgánico y demás ordenamientos legales y administrativos aplicables.

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necesito dar fundamento en que el empleador tiene la obligación de dar recibo de pago y el empleado tiene el derecho de recibir el recibo de pago



buenos dias, en el proceso del intestado aun no se asigna albacea, somos 5 hermanos, solo yo estoy casado con dos hijas de 23 y 21 años de edad, pueden ser nombradas como posibles herederas; segundo, desde casi año y medio que fallecio mi madre, mis hermanos ventajosamente estan recibiendo rentas de las propiedades sin participarme nada, en este punto del juicio yo puedo exigir las rentas mi parte gracias



En principio para poder presentar una denuncia, tendrías que configurar el Dolo, es decir que el dinero te lo solicito con el fin de ocasionarte un perjuicio o detrimento, sin embargo, es complicado, porque hay un contrato, si no se cumplió deberías de iniciar un procedimiento civil de incumplimiento de contrato, considero que si vas por la via penal solo perderás dinero.



Buenas tardes, si un condomino deja de pagar sus cuotas de mantenimiento por varios años y se le restringen los servicios tales como agua, luz, uso de areas comunes, etc. pero despues quiere ponerse al corriente pagando unicamente los ultimos 5 años, es legal?



hola tengo una duda, yo como agraviada de abuso de confianza puedo pedir asesor jurídico gratis en la fiscalía que lleva mi caso y un psicólogo?? ya que todo este tema me está afectando mucho emocionalmente y en mi salud. Porque pedí que me atendiera un psicólogo y me lo negaron.



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