Ley Federal de Instituciones de Fianzas Artículo 5o Federal de México
Ley Federal de Instituciones de Fianzas Federal
Artículo 5o.
Para organizarse y funcionar como institución de fianzas o para operar exclusivamente el reafianzamiento, se requiere autorización del Gobierno Federal, que compete otorgar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.Las autorizaciones previstas en el párrafo anterior son por su propia naturaleza intransmisibles y se referirán a uno o más de los siguientes ramos y subramos de fianzas:
I.- Fianzas de fidelidad, en alguno o algunos de los subramos siguientes:
a).- Individuales; y
b).- Colectivas;
II.- Fianzas judiciales, en alguno o algunos de los subramos siguientes:
a).- Judiciales penales;
b).- Judiciales no penales; y
c).- Judiciales que amparen a los conductores de vehículos automotores;
III.- Fianzas administrativas, en alguno o algunos de los subramos siguientes:
a).- De obra;
b).- De proveeduría;
c).- Fiscales;
d).- De arrendamiento; y
e).- Otras fianzas administrativas;
IV.- Fianzas de crédito, en alguno o algunos de los subramos siguientes:
a).- De suministro;
b).- De compraventa;
c).- Financieras; y
d).- Otras fianzas de crédito;
V.- Fideicomisos de Garantía, en alguno o algunos de los subramos siguientes:
a).- Relacionados con pólizas de fianza; y
b).- Sin relación con pólizas de fianza.
Cuando algún subramo de fianza a que se refiere este artículo adquiera una importancia tal que amerite considerarlo como ramo independiente, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá declararlo como ramo especial.
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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