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Ley Federal de Revocación de Mandato Artículo 48 Federal de México


Ley Federal de Revocación de Mandato Federal
Artículo 48.

Agotado el escrutinio y cómputo de la revocación de mandato se levantará el acta correspondiente, la cual deberán firmar todas y todos los funcionarios de casilla. Se procederá a integrar el expediente del proceso de revocación de mandato con la siguiente información:

I.Un ejemplar del acta de la jornada de revocación de mandato;

II.Un ejemplar del acta final de escrutinio y cómputo de la votación de revocación de mandato, y

III.Sobres por separado que contengan las papeletas sobrantes, los votos válidos y los votos nulos de la votación de revocación de mandato.

Federal de México Artículo 48 Ley Federal de Revocación de Mandato
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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