< Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros Artículo 24 Federal de México


Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros Federal
Artículo 24.

Las autoridades de educación media superior, las autoridades educativas de las entidades federativas, los organismos descentralizados y la Secretaría propiciarán las condiciones para generar certeza y confianza en el uso de los criterios e indicadores autorizados conforme a esta Ley, a efecto de que éstos sean reconocidos por sus destinatarios y por la sociedad.

Asimismo, asegurarán la difusión de dichos criterios e indicadores para que el personal docente, técnico docente, de asesoría técnica pedagógica y el personal con funciones de dirección o de supervisión, los conozcan, comprendan su propósito y sentido, y los consideren como un referente imprescindible para su trabajo.

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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