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Ley Orgánica de la Armada de México Artículo 37 Federal de México


Ley Orgánica de la Armada de México Federal
Artículo 37.

El Consejo del Almirantazgo es el órgano de análisis para la concertación, acuerdo y toma de decisiones sobre asuntos trascendentes para la Armada de México.

Funcionará y se integrará en los términos que establece la presente Ley, de la manera siguiente:

I.En su modalidad de reducido, se integrará por el Alto Mando de la Armada de México y las personas titulares de la Subsecretaría, Oficialía Mayor, Inspección y Contraloría General de Marina, Estado Mayor General de la Armada y de las Comandancias de las Fuerzas Navales del Golfo y Pacífico, las cuales conocerán de las inconformidades a las resoluciones emitidas por los órganos de disciplina y la Junta Naval;

II.En su modalidad de ampliado, además de las personas servidoras públicas señaladas en el apartado anterior, por las Comandancias de las Regiones Navales.

El Consejo de Almirantazgo tendrá las atribuciones siguientes:

a)Asesorar al Alto Mando en asuntos de carácter estratégico;

b)Proporcionar los elementos de juicio que sustenten la toma de decisiones en asuntos relacionados con el desarrollo del poder naval, y

c)Proponer las políticas de la institución relacionadas con el ámbito marítimo que impacten en el desarrollo del país.

El Consejo de Almirantazgo, en las modalidades a que se refiere el párrafo segundo de este artículo, será presidido por el Alto Mando.

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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



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