Reglamento del Senado de la República Artículo 15 Federal de México
Reglamento del Senado de la República Federal
Artículo 15.
1.La suplencia en el ejercicio del cargo de senador se hace efectiva cuando el propietario:I.No acude a asumir el cargo dentro del término constitucional establecido;
II.Se encuentra física o legalmente impedido para desempeñarlo;
III.Solicita y obtiene licencia;
IV.Deja de asistir a diez sesiones consecutivas del Pleno sin licencia o causa justificada;
V. Desempeña comisión o empleo de la Federación, de los Estados, de los Municipios, de la Ciudad de México, de las Alcaldías, o de cualquier otro ente público, por los cuales se disfruta remuneración, sin la licencia correspondiente; y
VI.Opta por el ejercicio de otro cargo de elección popular en los términos del artículo 125 de la Constitución.
SECCION TERCERA
DE LAS VACANTES
Federal de México Artículo 15 Reglamento del Senado de la República
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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