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Reglamento del Senado de la República Artículo 312 México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/08/2026

Reglamento del Senado de la República
Artículo 312.

1.El público asistente a las sesiones del Pleno del Senado o a las reuniones de sus órganos directivos, comisiones y comités debe guardar silencio y respeto; no puede tomar parte en ellas con ninguna clase de demostración.

2.Quienes perturban el orden en forma reiterada son expulsados del salón de sesiones o de la sede de la reunión de que se trata. En caso de flagrancia, el Presidente manda a retirar a quienes cometan faltas o delitos para ponerlos a disposición de la autoridad competente.

3.Si los medios indicados no bastan para contener el desorden, el Presidente suspende la sesión o reunión hasta que el orden se restablece.

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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