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Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 242 Estado de Guanajuato


Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 242.

LAS AUTORIDADES ESTATALES, FEDERALES Y MUNICIPALES, A REQUERIMIENTO QUE LES FORMULEN LOS ÓRGANOS ELECTORALES COMPETENTES, DEBERÁN PROPORCIONAR:

I. LA INFORMACIÓN QUE OBRE EN SU PODER, RELACIONADA CON LA JORNADA ELECTORAL;

II. LAS CERTIFICACIONES DE LOS HECHOS QUE LES CONSTEN O DE LOS DOCUMENTOS QUE EXISTAN EN LOS ARCHIVOS A SU CARGO, RELACIONADOS CON EL PROCESO ELECTORAL;

III. EL APOYO NECESARIO PARA PRACTICAR LAS DILIGENCIAS QUE LES SEAN DEMANDADAS PARA FINES ELECTORALES; Y

IV. LA INFORMACIÓN DE LOS HECHOS QUE PUEDAN INFLUIR O ALTERAR EL RESULTADO DE LAS ELECCIONES.

LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA Y LOS MENORES, PERMANECERÁN ABIERTOS DURANTE EL DÍA DE LA ELECCIÓN. IGUAL OBLIGACIÓN TIENEN LAS AGENCIAS DEL MINISTERIO PÚBLICO Y LAS OFICINAS QUE HAGAN SUS VECES



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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?



La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?



Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?



Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.



A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?



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