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Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 241 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 241.

PARA ASEGURAR EL ORDEN Y GARANTIZAR EL DESARROLLO DE LA JORNADA ELECTORAL, LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO Y DE LOS MUNICIPIOS DEBERÁN PRESTAR EL AUXILIO QUE LES REQUIERAN LAS AUTORIDADES ELECTORALES Y LOS PRESIDENTES DE LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA, EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, CONFORME A LAS DISPOSICIONES DE ESTE CÓDIGO.

EL DÍA DE LA ELECCIÓN Y EL PRECEDENTE, PERMANECERÁN CERRADOS TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS QUE, CUALESQUIERA QUE SEAN SUS GIROS, EXPENDAN BEBIDAS EMBRIAGANTES.

EL DÍA DE LA ELECCIÓN, EXCLUSIVAMENTE PODRÁN PORTAR ARMAS LOS MIEMBROS UNIFORMADOS DE LAS FUERZAS PÚBLICAS ENCARGADAS DEL ORDEN.



Estado de Guanajuato Artículo 241 Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
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Los nuevos comentarios en el sitio web

A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


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