Código de Procedimientos Penales Artículo 205 Estado de Chiapas
Código de Procedimientos Penales
Artículo 205. Principio general
La Oficina de Defensa Civil de las Víctimas del ministerio público dictará las órdenes de protección necesarias para salvaguardar la integridad física o psíquica de la víctima, debiendo vigilar su observancia.
Las órdenes de protección son personalísimas e intransferibles, y podrán ser:
a) De emergencia.
b) Preventivas.
Tendrán una temporalidad no mayor de setenta y dos horas y deberán expedirse dentro de las veinticuatro horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.
La Oficina de Defensa Civil de las Víctimas del ministerio público, independientemente de las providencias que haya impuesto al imputado, deberá solicitar de manera inmediata a la autoridad jurisdiccional las providencias precautorias o medidas cautelares que estime pertinentes y el juez resolverá dentro del término de veinticuatro horas.
Estado de Chiapas Artículo 205 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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