Código de Procedimientos Penales Estado de Chiapas
Código de Procedimientos Penales Estado de Chiapas
- Artículo 1. Principios generales
- Artículo 2. Principio de juicio previo y debido proceso
- Artículo 3. Principio de interpretación
- Artículo 4. Principio de juez natural
- Artículo 5. Principio de justicia pronta
- Artículo 6. Principio de presunción de inocencia
- Artículo 7. Principio de igualdad entre mujeres y hombres y no discriminación
- Artículo 8. Principio de imparcialidad y deber de resolver
- Artículo 9. Principio de independencia judicial
- Artículo 10. Principio de fundamentación y motivación
- Artículo 11. Principio de inmediación
- Artículo 12. Derecho de libertad
- Artículo 13. Dignidad de la persona
- Artículo 14. Derecho a la defensa
- Artículo 15. Derecho de defensa por abogado
- Artículo 15 bis. La Debida diligencia
- Artículo 15 ter. Las pruebas en casos de violencia contra las mujeres
- Artículo 16. Derecho a la intimidad y a la privacidad
- Artículo 17. Efecto excluyente de la cosa juzgada
- Artículo 18. Licitud probatoria
- Artículo 19. Deber de protección
- Artículo 20. Jurisdicción penal ordinaria
- Artículo 21. Prevalencia del criterio jurisdiccional
- Artículo 22. Obligatoriedad
- Artículo 23. Carácter improrrogable
- Artículo 24. Reglas de competencia
- Artículo 25. Competencia por razón de seguridad
- Artículo 26. Juez de control competente
- Artículo 27. Conflictos de competencia ante el tribunal de juicio oral
- Artículo 28. Incompetencia
- Artículo 29. Efectos
- Artículo 30. Casos de conexidad
- Artículo 31. Competencia en causas conexas
- Artículo 32. Acumulación material
- Artículo 33. Reglas de acumulación
- Artículo 34. Término para la acumulación
- Artículo 35. Causas de excusa
- Artículo 36. Trámite de excusa
- Artículo 37. Recusación
- Artículo 38. Tiempo y forma de recusar
- Artículo 39. Trámite de recusación
- Artículo 40. Efecto sobre los actos
- Artículo 41. Responsabilidad
- Artículo 42. Idioma
- Artículo 43. Declaraciones e interrogatorios con intérpretes y traductores
- Artículo 44. Lugar
- Artículo 45. Tiempo
- Artículo 46. Protesta
- Artículo 47. Inmediación y concentración
- Artículo 48. Libertad de la persona imputada y protección de la víctima
- Artículo 49. Publicidad
- Artículo 50. Casos excepcionales
- Artículo 51. Restricciones para el acceso
- Artículo 52. Deberes de los asistentes
- Artículo 53. Oralidad
- Artículo 54. Dirección de la audiencia
- Artículo 55. Delito en audiencia
- Artículo 56. Nuevo delito
- Artículo 57. Oralidad de las audiencias
- Artículo 58. Registro de los actos procesales
- Artículo 59. Diligencias de investigación por medio informático
- Artículo 60. Del acceso al sistema electrónico
- Artículo 61. Resguardos electrónicos
- Artículo 62. Regla general
- Artículo 63. Nulidad
- Artículo 64. Reemplazo
- Artículo 65. Poder coercitivo
- Artículo 66. Restablecimiento de las cosas
- Artículo 67. Resoluciones judiciales
- Artículo 68. Fundamentación y motivación de autos y sentencias
- Artículo 69. Plazos
- Artículo 70. Errores materiales
- Artículo 71. Aclaración
- Artículo 72. Resolución firme
- Artículo 73. Copia auténtica
- Artículo 74. Restitución y renovación
- Artículo 75. Copias, informes y certificaciones
- Artículo 76. Reglas generales
- Artículo 77. Exhortos a autoridades extranjeras
- Artículo 78. Exhortos de otras jurisdicciones
- Artículo 79. Retardo o rechazo
- Artículo 80. Notificaciones
- Artículo 81. Regla general sobre notificaciones
- Artículo 82. Notificador
- Artículo 83. Lugar para notificaciones
- Artículo 84. Notificaciones a defensores o a mandatarios
- Artículo 85. Formas de notificación
- Artículo 86. Notificación a persona ausente
- Artículo 87. Notificación por edictos
- Artículo 88. Notificación por teléfono
- Artículo 89. Vicios de la notificación
- Artículo 90. Citación
- Artículo 91. Comunicación de actuaciones del ministerio público
- Artículo 92. Reglas generales
- Artículo 93. Cómputo de plazos fijados a favor de la libertad del imputado
- Artículo 94. Renuncia o abreviación
- Artículo 95. Plazos fijados judicialmente
- Artículo 96. Reposición del plazo
- Artículo 97. Principio general sobre prueba ilícita
- Artículo 98. Saneamiento de defectos formales
- Artículo 99. Defectos absolutos
- Artículo 100. Convalidación
- Artículo 101. Declaración de nulidad
- Artículo 102. Órganos de la jurisdicción penal
- Artículo 103. Víctima
- Artículo 104. Ofendido
- Artículo 105. Derechos de la víctima y de los ofendidos
- Artículo 105 bis. De la atención integral desde la perspectiva de género
- Artículo 105 ter. De la atención médica
- Artículo 105 quater. Suspensión de diligencia por atención a víctima
- Artículo 106. Coadyuvancia
- Artículo 107. Derechos procesales del acusador particular
- Artículo 108. Disposición común
- Artículo 109. Formalidades de la acusación por particulares
- Artículo 110. Desistimiento expreso
- Artículo 111. Desistimiento tácito
- Artículo 112. Oportunidad
- Artículo 113. Denominación
- Artículo 114. Derechos del imputado
- Artículo 115. Identificación
- Artículo 116. Domicilio
- Artículo 117. Incapacidad sobreviniente
- Artículo 118. Internamiento para observación
- Artículo 119. Examen mental obligatorio
- Artículo 120. Sustracción de la acción de la justicia
- Artículo 121. Efectos de la declaración de sustracción de la acción
- Artículo 122. Derecho de elección
- Artículo 123. Habilitación profesional
- Artículo 124. Intervención
- Artículo 125. Nombramiento posterior
- Artículo 126. Inadmisibilidad y apartamiento
- Artículo 127. Renuncia y abandono
- Artículo 128. Sanciones
- Artículo 129. Número de defensores
- Artículo 130. Defensor común
- Artículo 131. Garantías para el ejercicio de la defensa
- Artículo 132. Entrevista con los detenidos
- Artículo 133. Funciones del ministerio público
- Artículo 134. Los representantes del ministerio público deberán obrar durante todo el...
- Artículo 135. Excusa y recusación
- Artículo 136. Función
- Artículo 137. Obligaciones de los oficiales de investigación y policías
- Artículo 138. Facultades de los oficiales de investigación
- Artículo 139. Conducción y mando
- Artículo 140. Actuación de los cuerpos de seguridad pública
- Artículo 141. Formalidades
- Artículo 142. Informe policial homologado
- Artículo 143. Restricciones policiales
- Artículo 144. Constitución de parte
- Artículo 145. Requisitos del escrito inicial
- Artículo 146. Imputado civilmente responsable
- Artículo 147. Oportunidad
- Artículo 148. Traslado de la acción civil
- Artículo 149. Facultades
- Artículo 150. Demanda de reparación del daño
- Artículo 150 bis. Resarcimiento y reparación del daño en los delitos de feminicidio
- Artículo 151. Efectos de la incomparecencia
- Artículo 152. Intervención voluntaria
- Artículo 153. Oposición
- Artículo 154. Facultades
- Artículo 155. Asistentes
- Artículo 156. Consultores técnicos
- Artículo 157. Deber de lealtad y buena fe
- Artículo 158. Reglas especiales de actuación
- Artículo 159. Régimen disciplinario
- Artículo 160. Ejercicio de la acción penal
- Artículo 161. Deber de persecución penal
- Artículo 162. Acción penal pública a instancia de parte
- Artículo 163. Archivo temporal
- Artículo 164. Facultad de abstenerse de investigar
- Artículo 165. No ejercicio de la acción
- Artículo 166. Control judicial
- Artículo 167. Obstáculos
- Artículo 168. Excepciones
- Artículo 169. Efectos
- Artículo 170. Causas de la extinción de la acción penal
- Artículo 171. Cómputo de la prescripción
- Artículo 172. Interrupción de los plazos para la prescripción
- Artículo 173. Suspensión del cómputo de la prescripción
- Artículo 174. Principios de legalidad procesal
- Artículo 175. Criterios de oportunidad por solución del conflicto
- Artículo 176. Criterios de oportunidad por política criminal
- Artículo 177. Decisión y control
- Artículo 178. Efectos del criterio de oportunidad
- Artículo 179. Justicia restaurativa
- Artículo 180. Procedencia
- Artículo 181. Improcedencia oficiosa
- Artículo 182. Procedimientos
- Artículo 183. Oportunidad
- Artículo 184. Especialistas en mecanismos alternativos de solución de controversias
- Artículo 185. Efectos de la justicia restaurativa
- Artículo 186. Control judicial
- Artículo 187. Suspensión
- Artículo 188. Intereses difusos
- Artículo 189. Procedencia
- Artículo 190. Procedimiento
- Artículo 191. Condiciones por cumplir en el proceso
- Artículo 192. Conservación de los datos y medios de prueba
- Artículo 193. Revocación de la suspensión
- Artículo 194. Suspensión del plazo
- Artículo 195. Efectos de la suspensión condicional del proceso
- Artículo 196. Suspensión de la prescripción
- Artículo 197. Ejercicio
- Artículo 198. Interés público y social
- Artículo 199. Participación o delegación de la víctima
- Artículo 200. Carácter accesorio
- Artículo 201. Ejercicio alternativo
- Artículo 202. Principio general
- Artículo 203. Principio de proporcionalidad
- Artículo 204. Recursos
- Artículo 205. Principio general
- Artículo 206. Ordenes de protección de emergencia
- Artículo 207. Ordenes de protección preventivas
- Artículo 208. Procedencia
- Artículo 209. Intervención de menores de edad
- Artículo 210. Procedencia de la detención
- Artículo 211. Presentación espontánea
- Artículo 212. Flagrancia
- Artículo 213. Caso urgente
- Artículo 214. Orden de aprehensión
- Artículo 215. Resolución sobre la orden de aprehensión
- Artículo 216. Registro de las detenciones
- Artículo 217. Medidas cautelares en delitos comunes
- Artículo 218. Imposición
- Artículo 219. Procedencia de las medidas cautelares
- Artículo 220. Limitaciones
- Artículo 221. Procedencia
- Artículo 222. Peligro de fuga
- Artículo 223. Peligro de obstaculización
- Artículo 224. Peligro de continuidad delictiva
- Artículo 225. Excepción oficiosa de prisión preventiva
- Artículo 226. Prueba
- Artículo 227. Resolución
- Artículo 228. Garantía
- Artículo 229. Ejecución de la garantía
- Artículo 230. Cancelación de la garantía
- Artículo 231. Separación del domicilio
- Artículo 232. Pensión alimenticia
- Artículo 233. Revisión, sustitución, modificación y cancelación de las medidas
- Artículo 234. Cesación de la prisión preventiva
- Artículo 235. Prórroga del plazo de prisión preventiva
- Artículo 236. Suspensión de los plazos de prisión preventiva
- Artículo 237. Recurso
- Artículo 238. Embargo precautorio de bienes
- Artículo 239. Resolución
- Artículo 240. Embargo previo a la imputación
- Artículo 241. Revisión
- Artículo 242. Levantamiento del embargo
- Artículo 243. Cancelación o devolución
- Artículo 244. Oposición
- Artículo 245. Competencia
- Artículo 246. Transformación a embargo definitivo
- Artículo 247. Pago o garantía previos al embargo
- Artículo 248. Aplicación
- Artículo 249. Prohibición de remuneraciones
- Artículo 250. Deber de indemnización al imputado
- Artículo 251. Competencia
- Artículo 252. Muerte del derechohabiente
- Artículo 253. Determinación
- Artículo 254. Obligación
- Artículo 255. Finalidad
- Artículo 256. Dirección de la investigación
- Artículo 257. Obligación de suministrar información
- Artículo 258. Secreto de las actuaciones de investigación
- Artículo 259. Formas de inicio
- Artículo 260. Deber de persecución penal
- Artículo 261. Denuncia
- Artículo 262. Forma y contenido de la denuncia
- Artículo 263. Denuncia obligatoria
- Artículo 264. Facultad de no denunciar
- Artículo 265. Responsabilidad y derechos del denunciante
- Artículo 266. Trámite de la denuncia
- Artículo 267. Querella
- Artículo 268. Personas incapaces
- Artículo 269. Control judicial anterior a la formalización de la investigación
- Artículo 270. Acceso a información pública
- Artículo 271. Opiniones extraprocesales
- Artículo 272. Proposición de diligencias
- Artículo 273. Citación al imputado
- Artículo 274. Agrupación y separación de investigaciones
- Artículo 275. Cadena de custodia
- Artículo 276. Responsabilidad de la cadena de custodia
- Artículo 277. Conservación de evidencia física
- Artículo 278. Traslado de evidencia física
- Artículo 279. Traspaso de evidencia física
- Artículo 280. Proceso de evidencia física
- Artículo 281. Custodia de evidencia física
- Artículo 282. Destino de la evidencia física
- Artículo 283. Autenticidad de la evidencia física
- Artículo 284. Concepto de evidencia física
- Artículo 285. Prueba, datos, medios de prueba
- Artículo 286. Carga de la prueba
- Artículo 287. Derecho a los medios de prueba
- Artículo 288. Prueba lícita
- Artículo 289. Libertad probatoria
- Artículo 290. Admisibilidad de los medios de prueba
- Artículo 291. Valoración
- Artículo 292. Actuación judicial
- Artículo 293. Valor de las actuaciones
- Artículo 294. Actuación de oficial encubierto
- Artículo 295. Prueba obtenida en técnicas de investigación
- Artículo 296. Cateo de recintos particulares
- Artículo 297. Cateo de otros locales
- Artículo 298. Contenido de la resolución judicial que ordena el cateo
- Artículo 299. Formalidades para el cateo
- Artículo 300. Medidas de vigilancia
- Artículo 301. Otras inspecciones
- Artículo 302. Objetos y documentos no relacionados con el hecho investigado
- Artículo 303. Inspección de personas
- Artículo 304. Revisión corporal
- Artículo 305. Registro de vehículos
- Artículo 306. Restricciones para preservación de un lugar
- Artículo 307. Inspecciones colectivas
- Artículo 308. Levantamiento e identificación de cadáveres
- Artículo 309. Exhumación de cadáveres
- Artículo 310. Reconstrucción del hecho
- Artículo 311. Orden de aseguramiento
- Artículo 312. Procedimiento para el aseguramiento
- Artículo 313. Cosas no asegurables
- Artículo 314. Devolución de objetos
- Artículo 315. Clausura de locales
- Artículo 316. Grabación de comunicaciones entre particulares
- Artículo 317. Intervención de comunicaciones privadas
- Artículo 318. Incautación de bases de datos
- Artículo 319. Procedimiento para reconocer personas
- Artículo 320. Pluralidad de reconocimientos
- Artículo 321. Reconocimiento por fotografía
- Artículo 322. Reconocimiento de objeto
- Artículo 323. Otros reconocimientos
- Artículo 324. Control judicial
- Artículo 325. Oportunidad
- Artículo 326. Título oficial
- Artículo 327. Nombramiento de peritos
- Artículo 328. Peritaje por orden de las partes
- Artículo 329. Facultad de las partes
- Artículo 330. Ejecución del peritaje
- Artículo 331. Dictamen pericial
- Artículo 332. Actividad complementaria del peritaje
- Artículo 333. Peritajes especiales
- Artículo 334. Notificación del peritaje
- Artículo 335. Deber de guardar reserva
- Artículo 336. Estimación prudencial del valor
- Artículo 337. Registro de la investigación
- Artículo 338. Conservación de los elementos de la investigación
- Artículo 339. Objeto de la audiencia de control de detención
- Artículo 340. Características de la audiencia de control de detención
- Artículo 341. Desarrollo de la audiencia
- Artículo 342. Objeto de la audiencia
- Artículo 343. Oportunidad para solicitar la audiencia
- Artículo 344. Desarrollo de la audiencia
- Artículo 345. Requisitos para vincular a proceso al imputado
- Artículo 346. Auto de vinculación a proceso
- Artículo 347. Efectos de la vinculación a proceso
- Artículo 348. Autorización para practicar diligencias sin conocimiento del afectado
- Artículo 349. Identificación Administrativa
- Artículo 350. Prueba anticipada
- Artículo 351. Procedimiento para prueba anticipada
- Artículo 352. Procedimiento en caso de urgencia
- Artículo 353. Registro y conservación de la prueba anticipada
- Artículo 354. Práctica de peritaje irreproducible
- Artículo 355. Plazo para declarar el cierre de la investigación
- Artículo 356. Extinción de la acción penal por incumplimiento del plazo
- Artículo 357. Cierre de la investigación
- Artículo 358. Procedimiento
- Artículo 359. Sobreseimiento
- Artículo 360. Facultades del juez respecto del sobreseimiento
- Artículo 361. Efectos del sobreseimiento
- Artículo 362. Sobreseimiento total y parcial
- Artículo 363. Sobreseimiento provisional
- Artículo 364. Oposición al sobreseimiento
- Artículo 365. Recursos
- Artículo 366. Suspensión del procedimiento
- Artículo 367. Reapertura del proceso al cesar la causal de suspensión
- Artículo 368. Reapertura de la investigación
- Artículo 369. Contenido de la acusación
- Artículo 370. Ofrecimiento de medios de prueba
- Artículo 371. Objeto
- Artículo 372. Citación a la audiencia
- Artículo 373. Actuación de la víctima
- Artículo 374. Derechos del imputado o su defensor
- Artículo 375. Excepciones
- Artículo 376. Defensa oral del imputado
- Artículo 377. Resolución de las excepciones
- Artículo 378. Unión y separación de acusaciones
- Artículo 379. Acuerdos probatorios
- Artículo 380. Exclusión de medios de prueba para la audiencia del debate
- Artículo 381. Decisiones
- Artículo 382. Auto de apertura del juicio
- Artículo 383. Nuevo plazo para presentar medios de prueba
- Artículo 384. Principios
- Artículo 385. Fecha, lugar, integración y citaciones
- Artículo 386. Sobreseimiento en la etapa de juicio
- Artículo 387. Apertura
- Artículo 388. Incidentes
- Artículo 389. División del debate único
- Artículo 390. Continuidad y suspensión
- Artículo 391. Interrupción
- Artículo 392. Declaración de varios acusados
- Artículo 393. Derechos del acusado
- Artículo 394. Corrección de la calificación jurídica
- Artículo 395. Corrección de errores
- Artículo 396. Declaración del acusado
- Artículo 397. Recepción de prueba
- Artículo 398. Normas para proceder con peritos, testigos e intérpretes
- Artículo 399. Reglas sobre el interrogatorio
- Artículo 400. Reglas sobre el contra interrogatorio
- Artículo 401. Reglas para las objeciones
- Artículo 402. Lectura
- Artículo 403. Incorporación de antecedentes de investigación
- Artículo 404. Lectura para apoyo de memoria en la audiencia del debate
- Artículo 405. Imposibilidad de asistencia
- Artículo 406. Exhibición de documentos y producción de otros medios de prueba
- Artículo 407. Prohibición de incorporación de antecedentes procesales
- Artículo 408. Nuevos medios de pruebas
- Artículo 409. Constitución del tribunal en lugar distinto
- Artículo 410. Diversidad cultural
- Artículo 411. Deber de testificar
- Artículo 412. Facultad de abstención
- Artículo 413. Testimonio inadmisible
- Artículo 414. Citación de testigos
- Artículo 415. Compulsión
- Artículo 416. Aprehensión inmediata
- Artículo 417. Excepciones a la obligación de comparecencia
- Artículo 418. Forma de rendir el testimonio
- Artículo 419. Testimonios especiales
- Artículo 420. Protección de testigos
- Artículo 421. Documentos
- Artículo 422. Documento auténtico
- Artículo 423. Métodos de autenticación e identificación
- Artículo 424. Exhibición de documentos
- Artículo 425. Conclusiones
- Artículo 426. Deliberación
- Artículo 427. Sentencia y acusación
- Artículo 428. Requisitos de la sentencia
- Artículo 429. Pronunciamiento
- Artículo 430. Vicios de la sentencia
- Artículo 431. Absolución
- Artículo 432. Condena
- Artículo 433. Pronunciamiento sobre la reparación del daño
- Artículo 434. Procedencia
- Artículo 435. Oportunidad
- Artículo 436. Naturaleza de los acuerdos
- Artículo 437. Verificación del juez
- Artículo 438. Resolución sobre la solicitud de procedimiento abreviado
- Artículo 439. Trámite en el procedimiento abreviado
- Artículo 440. Sentencia en el procedimiento abreviado
- Artículo 441. Principios
- Artículo 442. Subsidariedad
- Artículo 443. Ausencia de formalismos
- Artículo 444. Citación a la audiencia
- Artículo 445. Incomparecencia del interesado
- Artículo 446. Incomparecencia del citado
- Artículo 447. Audiencia de conciliación
- Artículo 448. Efecto de la cosa juzgada
- Artículo 449. Casos en flagrancia
- Artículo 450. Procedimientos de juzgados de paz y conciliación indígena
- Artículo 451. Ausencia de formalismos
- Artículo 452. Competencia en materia indígena
- Artículo 453. Sanciones
- Artículo 454. Supletoriedad
- Artículo 455. Procedimiento para la aplicación exclusiva de medidas de seguridad a inimputables
- Artículo 456. Apertura del procedimiento especial
- Artículo 457. Trámite
- Artículo 458. Incompatibilidad
- Artículo 459. Internación provisional del imputado
- Artículo 460. Acusación y vinculación a proceso
- Artículo 461. Forma y contenido de la acusación particular
- Artículo 462. Acumulación de causas
- Artículo 463. Desistimiento
- Artículo 464. Efectos del desistimiento
- Artículo 465. Justicia restaurativa
- Artículo 466. Restauración y retractación
- Artículo 467. Juicio oral por delito de acción particular
- Artículo 468. Responsabilidad de los altos funcionarios del estado
- Artículo 469. Vigencia de la responsabilidad
- Artículo 470. Competencia para conocer delitos cometidos por servidores públicos
- Artículo 471. Competencia para conocer delitos cometidos por jueces de primera instancia
- Artículo 472. De la acción popular para denuncia de actos de servidores públicos
- Artículo 473. Del escrito de acusación y el informe justificado
- Artículo 474. Del periodo probatorio
- Artículo 475. De la resolución de formación de causa
- Artículo 476. De la separación del cargo por formación de causa
- Artículo 477. De la acción penal promovida por el Procurador General de Justicia
- Artículo 478. Casos de ausencia del funcionario imputado
- Artículo 479. Del inicio del proceso penal
- Artículo 480. Del registro de las sentencias de las causas de responsabilidad
- Artículo 481. Impugnabilidad objetiva
- Artículo 482. Legitimación
- Artículo 483. Recursos
- Artículo 484. Condiciones de interposición
- Artículo 485. Plazos
- Artículo 486. Motivos y fundamentos
- Artículo 487. Recurso del ministerio público
- Artículo 488. Recurso de la víctima
- Artículo 489. Adhesión
- Artículo 490. Instancia al ministerio público
- Artículo 491. Recurso durante las audiencias
- Artículo 492. Efecto extensivo
- Artículo 493. Efecto suspensivo
- Artículo 494. Pérdida y desistimiento de los medios de impugnación
- Artículo 495. Congruencia de la resolución judicial
- Artículo 496. Prohibición de la reforma en perjuicio
- Artículo 497. Procedencia
- Artículo 498. Trámite
- Artículo 499. Efecto
- Artículo 500. Reserva
- Artículo 501. Resoluciones apelables
- Artículo 502. Objeto
- Artículo 503. Interposición
- Artículo 504. Trámite
- Artículo 505. Remisión de registros
- Artículo 506. Trámite en segunda instancia
- Artículo 507. Admisión del recurso
- Artículo 508. Emplazamiento a las otras partes
- Artículo 509. Efectos
- Artículo 510. Efecto devolutivo
- Artículo 511. Efecto suspensivo
- Artículo 512. Inadmisibilidad
- Artículo 513. Audiencia
- Artículo 514. Celebración de la audiencia
- Artículo 515. Reposición del procedimiento
- Artículo 516. Causas de reposición
- Artículo 517. Efectos de la reposición
- Artículo 518. Procedencia
- Artículo 519. Legitimación
- Artículo 520. Interposición
- Artículo 521. Procedimiento
- Artículo 522. Anulación o revisión
- Artículo 523. Reenvío
- Artículo 524. Rechazo
- Artículo 525. Responsabilidad de los jueces de ejecución de la pena
- Artículo 526. Derechos
- Artículo 527. Jurisdicción
- Artículo 528. Competencia
- Artículo 529. Atribuciones de los jueces de ejecución de la pena
- Artículo 530. Poder coercitivo
- Artículo 531. Mandamiento aprehensorio
- Artículo 532. Reparación de daños y perjuicios
- Artículo 533. Remisión de sentencia
- Artículo 534. Radicación de incidente
- Artículo 535. Cómputo
- Artículo 536. Defensa
- Artículo 537. Partes procesales
- Artículo 538. Inicio del incidente
- Artículo 539. Rechazo del incidente
- Artículo 540. Fijación de la audiencia
- Artículo 541. Prórroga de audiencia
- Artículo 542. Suspensión de audiencia
- Artículo 543. Certeza jurídica
- Artículo 544. Derecho de la víctima u ofendido para estar presente
- Artículo 545. Principio dispositivo
- Artículo 546. Individualización de las partes
- Artículo 547. Exposición sintetizada de las partes
- Artículo 548. Ofrecimiento de medios de pruebas
- Artículo 549. Desahogo y valoración de pruebas
- Artículo 550. Alegatos de clausura y cierre de debate
- Artículo 551. Veredicto
- Artículo 552. Lectura de la determinación
- Artículo 553. Apelación
- Artículo 554. Trabajo a favor de la comunidad
- Artículo 555. Información del trabajo a favor de la comunidad
- Artículo 556. Impugnación de constancias en Trabajo a Favor de la Comunidad
- Artículo 557. Cumplimiento de la suspensión de derechos
- Artículo 558. Comunicación de suspensión de derechos
- Artículo 559. Rehabilitación de derechos
- Artículo 560. Requisitos para rehabilitación de derechos
- Artículo 561. Declaración de rehabilitación de derechos
- Artículo 562. Condena de ejecución condicional
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Muy importante e interesante
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
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