Código de Procedimientos Penales Artículo 532 Estado de Chiapas
Código de Procedimientos Penales Chiapas
Artículo 532. Reparación de daños y perjuicios
La sentencia que condene a la reparación de daños y perjuicios, cuando no sea inmediatamente ejecutada o no pueda serlo por simple orden del juez que la dictó, se solicitará su cumplimiento ante el Juez de Ejecución
Estado de Chiapas Artículo 532 Código de Procedimientos Penales
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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