Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 274 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08/07/2025

Código de Procedimientos Penales
Artículo 274. Agrupación y separación de investigaciones

El ministerio público podrá investigar separadamente cada delito de que tenga conocimiento. No obstante, podrá desarrollar la investigación conjunta de dos o más delitos, cuando ello resulte conveniente. Asimismo, en cualquier momento podrá separar las investigaciones que se conduzcan en forma conjunta.

Cuando dos o más fiscales del ministerio público investiguen los mismos hechos y con motivo de esta circunstancia se afecte el derecho de defensa del o de los imputados, éstos podrán pedir a los superiores jerárquicos de aquéllos, que resuelva cuál de los fiscales tendrá a su cargo el caso.



Estado de Chiapas Artículo 274 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...272 273 274 275 276 ...562

Ver el artículo
Agregar un comentario


Los nuevos comentarios en el sitio web

¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?


La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?


Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?


Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse