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Código de Procedimientos Penales Artículo 159 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código de Procedimientos Penales
Artículo 159. Régimen disciplinario

Salvo lo dispuesto en este Código para el abandono de la defensa, cuando se compruebe que las partes o sus representantes han actuado con evidente mala fe, han realizado gestiones o han asumido actitudes dilatorias, litigado con temeridad o cometido falta grave, sin perjuicio de otro tipo de responsabilidades, el juez podrá sancionarlas con apercibimiento o hasta con cincuenta días de salarios mínimos de multa.

Cuando el juez estime que existe la posibilidad de imponer esta sanción, dará traslado al presunto infractor, a efecto de que se manifieste sobre la falta y ofrezca los medios de prueba de descargo, que se recibirán y desahogarán de inmediato. Si el hecho ocurre en audiencia, el procedimiento se realizará en ella.

Quien resulte sancionado será requerido para que cubra la multa en el plazo de tres días. En caso de incumplimiento de pago por parte de algún abogado, el juez lo suspenderá en el ejercicio profesional hasta tanto cancele el importe respectivo y lo separará de la causa mientras dure la suspensión.

Se expedirá comunicación a la autoridad fiscal estatal y al Consejo de la Judicatura o a la barra de abogados, según corresponda.

Las faltas de los fiscales del ministerio público y de los abogados defensores públicos serán comunicadas a los superiores jerárquicos.

Contra la resolución que le impone la medida disciplinaria, el abogado sancionado podrá interponer recurso de revocación y apelación subsidiaria.



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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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