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Código de Procedimientos Penales Artículo 137 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código de Procedimientos Penales Chiapas
Artículo 137. Obligaciones de los oficiales de investigación y policías

Los oficiales de investigación y, cuando se requiera, los órganos de policía y seguridad, procederán bajo los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, igualdad y respeto a los derechos humanos. Bajo la conducción y mando del Ministerio Público se sujetarán a las siguientes obligaciones:

a) Actuar conforme a la ley respetando las garantías individuales y derechos humanos reconocidos en la Constitución.

b) Preservar la secrecía de los asuntos que conozcan.

c) Prestar auxilio a las personas que hayan sido víctimas u ofendidos de algún delito, y brindar protección a sus bienes y derechos.

d) Abstenerse de ordenar o realizar la detención de persona alguna sin cumplir con los requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables.

e) Velar por la vida e integridad física de las personas detenidas.

f)  Actualizarse en el empleo de métodos de investigación que garanticen la recopilación técnica y científica de evidencias.

g) Utilizar los protocolos de investigación y de cadena de custodia conforme a las disposiciones de este código.

h) Preservar, conforme a las disposiciones de este código, las pruebas e indicios de probables hechos delictivos de forma que no pierdan su calidad probatoria.

i) Abstenerse de dar a conocer por cualquier medio a quien no tenga derecho, documentos, registros, imágenes, constancias, estadísticas, reportes o cualquier otra información reservada o confidencial de la que tenga conocimiento en ejercicio y con motivo de su empleo, cargo o comisión.

j) Abstenerse de realizar cualquier acto de discriminación, apología de la violencia contra las mujeres o vulneración de los derechos humanos de las mujeres.

k) Otorgar todos los medios para proteger la dignidad humana de las mujeres, niñas, niños y adolescentes.



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