Código de Procedimientos Penales Artículo 436 Estado de Chiapas
Código de Procedimientos Penales
Artículo 436. Naturaleza de los acuerdos
Si el procedimiento abreviado se admite hasta antes de dictarse el auto de vinculación a proceso el ministerio público podrá solicitar la aplicación de una pena inferior hasta en un tercio de la mínima señalada para el delito por el cual acusa.
Si el procedimiento se admite, durante la etapa intermedia, el ministerio público sólo podrá solicitar la aplicación de una pena inferior hasta en un tercio a la pena que haya solicitado con la acusación.
Si se trata de los delitos de homicidio simple y calificado, secuestro, desaparición forzada de personas, tortura, violación y trata de personas, la reducción de hasta un tercio se realizará a la pena que corresponda atendiendo al grado de culpabilidad del sentenciado.
El ministerio público podrá acordar, con el imputado, un rebajo de pena superior a los mencionados en los párrafos anteriores, cuando el imputado, además de admitir el procedimiento abreviado, contribuye en la investigación, conforme al artículo 20, apartado B, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado de Chiapas Artículo 436 Código de Procedimientos Penales
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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