Código de Procedimientos Penales Artículo 304 Estado de Chiapas
Código de Procedimientos Penales Chiapas
Artículo 304. Revisión corporal
En los casos de sospecha grave y fundada o de absoluta necesidad, el ministerio público encargado de la investigación o el juez de control, podrá ordenar la inspección corporal de una persona y, en tal caso, cuidará se respete su pudor.
Si fuere necesario para constatar circunstancias relevantes para la investigación, podrán efectuarse exámenes corporales del imputado tales como de carácter biológico, extracciones de sangre u otros análogos, siempre que no fuere de temer menoscabo para la salud o dignidad del interesado y que tenga como fin la investigación del hecho punible.
En caso de que fuere menester examinar a la víctima u otra persona, el fiscal del ministerio público le solicitará que preste su consentimiento. De negarse, solicitará la correspondiente autorización al juez competente, exponiéndole las razones en que se hubiere fundado la negativa.
Tratándose del imputado, el fiscal del ministerio público pedirá autorización judicial cuando no haya otorgado su consentimiento. El juez competente autorizará la práctica de la diligencia siempre que se cumplan las condiciones señaladas en los párrafos anteriores. En todos los casos deberá ser asistido por su defensor.
En ausencia justificada del abogado defensor, al acto sólo podrá asistir una persona de confianza del examinado, quien será advertido previamente de tal derecho.
Estado de Chiapas Artículo 304 Código de Procedimientos Penales
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jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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