Código de Procedimientos Penales Artículo 503 Estado de Chiapas
Código de Procedimientos Penales
Artículo 503. Interposición
El recurso de apelación se podrá interponer oralmente en la respectiva audiencia o por escrito ante el mismo juez que dictó la resolución dentro de los cinco días contados a partir de que surta efectos la notificación si se tratare de auto o cualquier otra providencia y de diez si se tratare de sentencia definitiva.
Si el recurso se interpusiera oralmente, el apelante debe expresar por escrito los agravios en que se sustente la impugnación de la resolución, dentro del plazo que este código señala para apelar. Si lo interpone por escrito, los agravios deben expresarse en el mismo.
En el escrito de expresión de agravios, el recurrente deberá exhibir una copia para el registro y una para cada una de las otras partes. Si faltan total o parcialmente las copias, se le requerirá para que presente las omitidas, dentro del término de cuarenta y ocho horas, si no las exhibe el juez tramitará las copias e impondrá al promovente multa de diez a ciento cincuenta días de salario, excepto cuando el promovente sea el imputado.
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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