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Código de Procedimientos Penales Artículo 645 Ciudad de México


Código de Procedimientos Penales Ciudad de México
Artículo 645.

El jurado tiene por omisión resolver, por medio de un veredicto, las cuestiones del hecho que, con arreglo a la ley, le someta el Presidente de Debates de que se trate. Los delitos que conocerá el jurado serán los mencionados en los artículo 20 fracción VI, y último párrafo del 111 de la Constitución General de la República



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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