Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 643 Ciudad de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimientos Penales Ciudad de México
Artículo 643.

Los demás secretarios tienen las siguientes obligaciones:

I. Llevar personalmente los procesos que se les encomienden;

II. Proporcionar los expedientes a los interesados y a los abogados de éstos, para informarse del estado de ellos, para tomar apuntes o para cualquier otro efecto legal, siempre que esto sea en su presencia y sin sacar las actuaciones de la oficina;

III. Asentar en los procesos las certificaciones de los términos judiciales y las demás razones que la Ley o el juez ordenen en los asuntos de su secretaría;

IV. Autorizar las providencias, despachos, autos y sentencias que se dicten, expidan o practiquen en los asuntos de su secretaría;

V. Expedir las copias autorizadas que la ley determine o que deban darse a las partes, en virtud de resolución judicial;

VI. Hacer notificaciones, practicar aseguramientos o cualquiera otra diligencia que deba llevarse a cabo, con arreglo a la ley y determinación judicial;

VII. Auxiliar al primer secretario en las demás labores de la oficina, y

VIII. Las demás que la ley o el juez les encomienden relativas a los asuntos de la oficina



Ciudad de México Artículo 643 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...641 642 643 644 645 ...677

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse