Código de Procedimientos Penales Artículo 337 Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales Hidalgo
Artículo 337.
El recurso de apelación procederá contra las siguientes resoluciones:
I.- Las sentencias definitivas;
II.- Los autos que resuelvan la situación jurídica del inculpado dentro del plazo constitucional de setenta y dos horas o, en su caso, de la prórroga del mismo;
III.- Las resoluciones interlocutorias que resuelvan algún incidente, salvo en los que la ley establezca expresamente que no son apelables;
IV.- Los acuerdos que desechen pruebas;
V.- Las resoluciones en que se nieguen la orden de aprehensión o la de comparecencia para preparatoria;
VI.- Los autos que nieguen el cateo y las medidas cautelares de carácter patrimonial;
VII.- Los autos que resuelvan las excepciones fundadas en alguna de las causas de extinción de la acción penal o de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad, que sean de la competencia de los jueces de primera instancia; y
VIII.- Las demás resoluciones que señale la ley.
Estado de Hidalgo Artículo 337 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios