< Código de Procedimientos Penales

Código de Procedimientos Penales Artículo 396 Estado de Hidalgo


Código de Procedimientos Penales Hidalgo
Artículo 396.

Si el ejercicio de la acción penal es con detenido, el juez que reciba la consignación deberá dictar de inmediato el auto de radicación. Tratándose de consignaciones sin detenido, deberá de radicar el asunto dentro del plazo de tres días; sin embargo, deberá hacerlo inmediatamente, si el ejercicio de la acción penal hubiese sido por alguno de los delitos calificados como graves por el artículo 119 de este Código. El auto de radicación contendrá:

I.- Lugar, hora, día, mes y año en que se dicta;

II.- La orden de que se registre en el libro de gobierno con el número que le corresponda y de que se dé aviso del inicio al Tribunal Superior de Justicia;

III.- Respecto de la recepción de la consignación:

a).- Si es con detenido, el juez resolverá de inmediato sobre la constitucionalidad o no de la detención y, según corresponda, la ratificará o decretará su libertad con las reservas de ley; o

b).- Si fuese sin detenido, dentro del plazo de diez días, en resolución por separado, el juzgador dictaminará sobre el pedimento del ministerio público, ordenando o negando la orden de aprehensión o comparecencia; si se tratase de delito que el artículo 119 de este Código califica como grave, ordenará o negará la aprehensión solicitada, dentro de las veinticuatro horas contadas a partir del auto de radicación; y

IV.- La determinación sobre si están satisfechos o no los requisitos de procedibilidad para el ejercicio de la acción penal, cuando así sea exigido por la ley.



Estado de Hidalgo Artículo 396 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...394 395 396 397 398 ...496
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse