Código de Procedimientos Penales Artículo 248 Estado de México
Código de Procedimientos Penales México
Artículo 248. Conservación de los elementos de la investigación
Los objetos, instrumentos y efectos del hecho delictuoso asegurados durante la investigación, serán conservados bajo custodia del ministerio público, quien deberá adoptar las medidas necesarias para evitar que se alteren de cualquier forma.
Podrá reclamarse ante el juez de control la inobservancia de las disposiciones antes señaladas, a fin de que se adopten las medidas necesarias para su debida preservación.
Los intervinientes tendrán acceso a ellos, con el fin de reconocerlos o realizar alguna pericia, siempre que fueren autorizados por el ministerio público o, en su caso, por el juez. El ministerio público llevará un registro especial en el que conste la identificación de las personas que sean autorizadas para reconocerlos o manipularlos, dejándose copia, en su caso, de esa autorización.
Estado de México Artículo 248 Código de Procedimientos Penales
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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