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Código de Procedimientos Penales Artículo 455 Estado de México


Código de Procedimientos Penales México
Artículo 455. Remisión parcial de la pena

Por cada dos días de trabajo del interno tendrá derecho a la remisión de uno en prisión, siempre y cuando este haya:

I. Observado buena conducta;

II. Participado regularmente en más actividades educativas, recreativas, de salud y deporte que se hayan organizado en el centro de internamiento;

III. Manifestado datos de efectiva reinserción del sentenciado a la sociedad. Este requisito será en todo caso factor determinante para la concesión o negación de la remisión parcial de la pena, por parte del juez ejecutor de sentencias.

A los internos que por falta de ocupación laboral asistan regularmente a la escuela le serán tomadas en cuenta dichas actividades para el efecto de la remisión parcial de la pena y cualquier otra medida tendente a su reinserción social.

La remisión parcial de la pena no se concederá en los casos de internos sentenciados por el delito de extorsión, robo con violencia, secuestro, homicidio doloso con modificativas que lo califiquen o lo agraven, violación, lesiones que se infieran a menores, incapaces o pupilos por quien ejerza la patria potestad, tutela o custodia, o por un integrante de su núcleo familiar, robo que ocasione la muerte, robo de vehículo automotor o robo a casa habitación.



Estado de México Artículo 455 Código de Procedimientos Penales
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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