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Código de Procedimientos Penales Artículo 311 Estado de Puebla


Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 311. Objetos no asegurables

No estarán sujetos a aseguramiento los registros de las comunicaciones entre el imputado con las personas que puedan o deban abstenerse de declarar, o en virtud de su obligación de guardar secreto profesional.

No habrá lugar a estas excepciones cuando las personas mencionadas en este artículo, distintas al imputado, sean a su vez investigadas como autoras o partícipes de un hecho punible.

Si en cualquier momento del procedimiento se constata que las comunicaciones aseguradas se encuentran comprendidas en los supuestos de este artículo, éstas serán inadmisibles como medio de prueba en la etapa procesal correspondiente



Estado de Puebla Artículo 311 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...309 310 311 312 313 ...551
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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