Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 310 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/10/2026

Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 310. Procedimiento para el aseguramiento

Al aseguramiento se le aplicarán las disposiciones señaladas para la inspección. Los objetos asegurados serán inventariados y puestos bajo custodia.

Podrá disponerse la obtención de copias o reproducciones de los objetos asegurados, cuando éstos puedan desaparecer o alterarse, sean de difícil custodia o cuando convenga así para la investigación.

Para el aseguramiento de bienes inmuebles se deberá hacer la inscripción respectiva en el Registro Público de la Propiedad correspondiente, siguiendo el procedimiento señalado para el embargo.

Cuando existan indicios de que las prendas a disposición de las casas de empeño son provenientes de la comisión de delitos, el Ministerio Público podrá ordenar su aseguramiento y sólo en caso de no entorpecer la investigación podrán quedar en calidad de depósito en la casa de empeño



Estado de Puebla Artículo 310 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...308 309 310 311 312 ...551

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse