Código de Procedimientos Penales Artículo 369 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales
Artículo 369. Incorporación por lectura del dictamen pericial
Si se siguieron las reglas previstas para la prueba anticipada, la práctica de pericias podrá incorporarse por lectura a la audiencia de juicio oral para su desahogo.
La posibilidad de exigir la declaración del perito durante el debate queda siempre a salvo. Cuando se ofrezcan indicios sometidos a resguardo, se deberá anexar los documentos respectivos que acrediten, en su caso, la cadena de custodia.
De manera excepcional, las periciales para detectar alcohol en la sangre o narcóticos u otras sustancias de similar naturaleza, así como los certificados de lesiones, podrán ser incorporados al juicio oral mediante la sola presentación del informe o certificado respectivo. Sin embargo, si en la audiencia intermedia alguna de las partes solicitare fundadamente la comparecencia del perito a juicio oral no podrá ser substituida por la presentación de dicho informe o certificado
Estado de Veracruz Artículo 369 Código de Procedimientos Penales
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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