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Código Financiero Artículo 252 Estado de México


Código Financiero México
Artículo 252.

El Consejo designará, a propuesta de su Presidente, el Vocal Ejecutivo del Instituto, quién deberá cumplir con los requisitos siguientes:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos.

II. Contar con título profesional y estudios de posgrado en alguna de las siguientes ciencias: jurídicas, económicas, contables o administrativas, debidamente registrado.

III. Tener una experiencia mínima de cinco años en el ejercicio profesional.

IV. Ser de reconocida capacidad, probidad y no haber sido declarado culpable mediante sentencia ejecutoria por delito doloso, ni haber sido destituido o inhabilitado para ejercer la función pública.

V. No haber sido dirigente de partido político alguno, ni representante popular durante los cinco años anteriores.



Estado de México Artículo 252 Código Financiero
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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