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Código Financiero Artículo 252 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Financiero México
Artículo 252.

El Consejo designará, a propuesta de su Presidente, el Vocal Ejecutivo del Instituto, quién deberá cumplir con los requisitos siguientes:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos.

II. Contar con título profesional y estudios de posgrado en alguna de las siguientes ciencias: jurídicas, económicas, contables o administrativas, debidamente registrado.

III. Tener una experiencia mínima de cinco años en el ejercicio profesional.

IV. Ser de reconocida capacidad, probidad y no haber sido declarado culpable mediante sentencia ejecutoria por delito doloso, ni haber sido destituido o inhabilitado para ejercer la función pública.

V. No haber sido dirigente de partido político alguno, ni representante popular durante los cinco años anteriores.



Estado de México Artículo 252 Código Financiero
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


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