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Código Fiscal Artículo 256 Estado de Baja California Sur


Código Fiscal Baja California Sur
Artículo 256.

La lista a que se refiere el artículo 254 de este Código deberá contener: El nombre de la persona a quien se notifique, el número de expediente en que la notificación se haga y, una síntesis de la parte dispositiva de la resolución correspondiente. En los autos se hará constar la fecha de la fijación de la lista



Estado de Baja California Sur Artículo 256 Código Fiscal
Artículo 1 ...254 255 256 257 258 ...312
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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