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Código Fiscal Artículo 256 Estado de Baja California Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Fiscal Baja California Sur
Artículo 256.

La lista a que se refiere el artículo 254 de este Código deberá contener: El nombre de la persona a quien se notifique, el número de expediente en que la notificación se haga y, una síntesis de la parte dispositiva de la resolución correspondiente. En los autos se hará constar la fecha de la fijación de la lista



Estado de Baja California Sur Artículo 256 Código Fiscal
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