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Código Fiscal Artículo 467 Ciudad de México


Código Fiscal Ciudad de México
Artículo 467.

A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones, por cada declaración cuya presentación omita se le impondrán las siguientes multas:

(REFORMADA EN SUS CUOTAS, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)

I. Por no presentar las declaraciones que tengan el carácter de periódicas:

(REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)

a). La mayor que resulte entre $455.00 y el 8% de la contribución que debió declararse tratándose de contribuciones relacionadas con inmuebles de uso habitacional, y

(REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)

b). La mayor que resulte entre $823.50 y el 10% de la contribución que debió declararse, en los casos distintos de los previstos en el inciso anterior;

(REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 30 29 DE DICIEMBRE DE 2016)

II. Por no presentar las declaraciones que tengan un carácter diverso a las de la fracción anterior, la mayor que resulte entre $624.00 y el 8% de la contribución que debió declararse.

Cuando el monto de la contribución que debió declararse sea inferior a las cantidades señaladas en las fracciones anteriores, o no exista contribución a pagar, el monto máximo de la multa que se imponga será hasta el equivalente a tales cantidades, salvo que se trate de contribuciones relacionadas con inmuebles de uso habitacional en que la multa no excederá del equivalente a un tanto de la contribución omitida.



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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