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Código Fiscal Artículo 469 Ciudad de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Fiscal Ciudad de México
Artículo 469.

A quien cometa la infracción relacionada con la obligación de señalar el número

de cuenta en tratándose de promociones y documentos relacionados con el impuesto predial y derechos por el suministro de agua, que se presenten ante autoridades administrativas y jurisdiccionales, se le impondrá multa de $548.00 a $1,177.00.



Ciudad de México Artículo 469 Código Fiscal
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