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Código Fiscal Municipal Artículo 117 Estado de Campeche


Código Fiscal Municipal Campeche
Artículo 117.

Las autoridades fiscales, para hacer efectivo un crédito fiscal exigible y el importe de sus accesorios legales, requerirán de pago al deudor y, en caso de que este no pruebe en el acto haberlo efectuado, procederán de inmediato como sigue:

I. Si después de notificarse el mandamiento a que se refiere el párrafo anterior, la persona con quien se entiende la diligencia no comprueba que el pago requerido ya fue realizado, en dicho acto se embargarán bienes del deudor que sean suficientes para, en su caso rematarlos, enajenarlos fuera de subasta o adjudicarlos en favor del fisco;

II. Cuando los bienes propiedad del deudor no sean suficientes, o no puedan ser objeto de embargo, se procederá a embargar las negociaciones con todo lo que de hecho y por derecho les corresponde, a fin que mediante la intervención de ellas, se logren obtener de sus ingresos, las cantidades necesarias que permitan satisfacer el crédito fiscal y sus accesorios legales.

El mandamiento de ejecución, incluyendo el que corresponde al requerimiento para que se compruebe el pago, además de los requisitos que se establecen en este Código, deberá reunir los siguientes, según corresponda:

I. El nombre o nombres de las personas que realizarán la diligencia; y

II. En su caso el nombre del depositario designado por el jefe de la oficina ejecutora.

Cuando el jefe de la oficina ejecutora no designe depositario, y éste vaya a ser designado en la diligencia por el ejecutor, deberá hacerse mención expresa de esta circunstancia.



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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



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