Código Fiscal Municipal Artículo 117 Estado de Campeche
Código Fiscal Municipal Campeche
Artículo 117.
Las autoridades fiscales, para hacer efectivo un crédito fiscal exigible y el importe de sus accesorios legales, requerirán de pago al deudor y, en caso de que este no pruebe en el acto haberlo efectuado, procederán de inmediato como sigue:
I. Si después de notificarse el mandamiento a que se refiere el párrafo anterior, la persona con quien se entiende la diligencia no comprueba que el pago requerido ya fue realizado, en dicho acto se embargarán bienes del deudor que sean suficientes para, en su caso rematarlos, enajenarlos fuera de subasta o adjudicarlos en favor del fisco;
II. Cuando los bienes propiedad del deudor no sean suficientes, o no puedan ser objeto de embargo, se procederá a embargar las negociaciones con todo lo que de hecho y por derecho les corresponde, a fin que mediante la intervención de ellas, se logren obtener de sus ingresos, las cantidades necesarias que permitan satisfacer el crédito fiscal y sus accesorios legales.
El mandamiento de ejecución, incluyendo el que corresponde al requerimiento para que se compruebe el pago, además de los requisitos que se establecen en este Código, deberá reunir los siguientes, según corresponda:
I. El nombre o nombres de las personas que realizarán la diligencia; y
II. En su caso el nombre del depositario designado por el jefe de la oficina ejecutora.
Cuando el jefe de la oficina ejecutora no designe depositario, y éste vaya a ser designado en la diligencia por el ejecutor, deberá hacerse mención expresa de esta circunstancia.
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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