Imprimir

Código Fiscal Municipal Artículo 1 Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Fiscal Municipal Campeche
Artículo 1.

En los Municipios del Estado de Campeche, las personas físicas y las morales, así como las unidades económicas, están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. Las disposiciones de este Código se aplicarán en defecto de las referidas leyes.

Se consideran unidades económicas entre otras, a las sucesiones, los fideicomisos y las asociaciones en participación a que se refiere la Ley General de Sociedades Mercantiles, o cualquiera otra forma de asociación aún cuando no sean reconocidas como personas jurídicas conforme otras disposiciones legales aplicables.

La Federación, Entidades Federativas y Municipios, Dependencias, Órganos Autónomos, Organismos Públicos Descentralizados Estatales y Municipales, Fideicomisos Públicos Federales, Estatales o Municipales, y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, quedan obligados a pagar contribuciones salvo que las leyes los exceptúen expresamente.

Las personas que de conformidad con las leyes fiscales no estén obligadas a pagar contribuciones, únicamente tendrán las otras obligaciones que establezcan en forma expresa las propias leyes.

A los actos y procedimientos administrativos de naturaleza fiscal previstos en este Código, no les serán aplicables las disposiciones contenidas en otras leyes administrativas del Estado o Municipios de Campeche.



Estado de Campeche Artículo 1 Código Fiscal Municipal
Artículo 1 2 3 ...206

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse