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Código Fiscal Municipal Artículo 96 Estado de Guerrero


Código Fiscal Municipal Guerrero
Artículo 96.

Se impondrán de tres a doce años de prisión a quien:

I. Grave o manufacture sin autorización del Ayuntamiento matrices, punzones, datos, clichés o negativos, semejantes a los que el propio Ayuntamiento usa para imprimir, gravar o troquelar comprobantes de pago de prestaciones fiscales, u objetos que se utilicen oficialmente como medios de control fiscal;

II. Imprima, grave o troquele sin autorización del Ayuntamiento, tarjetones o comprobantes de pago de prestaciones fiscales, u objetos que se utilicen oficialmente como medios de control fiscal.

III. Altere en sus características tarjetones, medidores o comprobantes de pago de prestaciones fiscales, o los objetos que se utilizan oficialmente como medios de control fiscal;

IV. Forme las cosas u objetos señalados en la fracción anterior con los fragmentos de otros recortados o mutilados.

Esta sanción se aplicará aún cuando el falsario no se haya propuesto obtener algún provecho. 



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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