Código Fiscal Municipal Artículo 183 Estado de Guerrero
Código Fiscal Municipal Guerrero
Artículo 183.
Los juicios que se promuevan ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, se substanciarán y resolverán con arreglo al procedimiento que determina la Ley de Justicia Administrativa y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, de su reglamento y demás disposiciones internas. A falta de disposición expresa se aplicarán las reglas del Código de Procedimientos Civiles en el Estado.
Estado de Guerrero Artículo 183 Código Fiscal Municipal
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